La Secretaría de Industria y Comercio flexibilizó los requisitos para importar ropa y calzado al eliminar un trámite de la Aduana con el objetivo de “reducir costos burocráticos”.
A tono con la senda de desregulación que lleva adelante el Gobierno, la Secretaría de Industria y Comercio eliminó el control aduanero del etiquetado de los productos textiles y de calzado que ingresan al país, según dictan las Resoluciones 156/2024 y 159/2024 publicadas ayer en el Boletín Oficial.
La medida busca imprimir dinamismo al ingreso de productos a la Argentina, principalmente desde Brasil, desde donde provienen la mayor parte de los productos afectados por estos controles que se vienen aplicando desde hace más de una década. Para el oficialismo, la iniciativa “tiene como objetivo bajar el costo de la burocracia y facilitar los procesos de importación. Este control pasará a realizarse ex post asegurando la obligatoriedad del cumplimiento del etiquetado”.
De acuerdo con la normativa actual, los productos comercializados en el país deben presentar una etiqueta en la que figuren los datos de la empresa productora, así como las características específicas del artículo. En el caso del rubro textil y de calzado, estas contienen información relevante pero que no abarcan atributos de seguridad.
“Hasta el momento, para su ingreso al país y al circuito de comercialización los productos debían contar con un etiquetado realizado en origen. En caso de no contar con esa etiqueta, debían pedir una autorización a la Secretaría de Industria y Comercio para el reetiquetado local a través del proceso de Adaptación al Mercado Local (AML)”, explicaron desde Industria y Comercio.
En tal sentido, la cartera conducida por Pablo Lavigne subrayó que la eliminación de los controles aduaneros “evita procesos arbitrarios, burocráticos y costosos que, en algunos casos, demoran significativamente la disponibilidad de la mercadería”. Según números oficiales, los trámites representaron más de 1.500 expedientes a lo largo de 2023.
Más allá de los datos, las resoluciones 156/2024 y 159/2024 obligan a las compañías a arbitrar los medios para que los productos cuenten con el etiquetado previo a la comercialización, una vez que estos ya se encuentren en el país. La fiscalización quedará en manos de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, que se asegurará que los bienes cuenten con la etiqueta obligatoria antes de ser comercializados.



