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Inicio Agro

Reglamentación de la ley de emergencia para la cadena de Manzanas y Peras

Revista Más Industrias De Revista Más Industrias
05/01/2018
En Agro, Empresas, La Pampa
Tiempo de lectura: 1 Minuto
+Industrias | Más Industrias

El Ministerio de Agroindustria informó que se instauran beneficios especiales para la cadena de producción de peras y manzanas de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa.

Comprende una prórroga hasta el 30 de junio de 2018 sobre los vencimientos generales para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social operados o que operen desde el 4 de junio de 2017 hasta el 31 de mayo de 2018.

[su_note note_color=”#e3e3e3″]Asimismo, la medida faculta a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a disponer facilidades de pago a tal fin. El decreto 1125/2017 publicado en el Boletín Oficial, se produce en el marco de la ley 27.354 y sus modificatorias, donde se declaró en emergencia económica, productiva, financiera y social por trescientos sesenta y cinco (365) días a las cadenas de peras y manzanas en las provincias mencionadas.[/su_note]

Se encuentran alcanzados por los beneficios para el pago los actores directos de la cadena, entendiéndose por tales a los productores, empacadores, frigoríficos, comercializadores e industrializadores.

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Para acceder a los beneficios de la ley, corresponderá solicitar la adhesión al régimen en la forma, plazo y condiciones reglamentados por la AFIP. Los beneficios adicionales se otorgarán a los sujetos alcanzados cuyos ingresos brutos totales en el año calendario 2016 o ejercicio económico cerrado en el 2016, según corresponda, no hayan superado los 7 millones de pesos.

Etiquetas: AFIPfrutasmanzanasperas
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