Después de una fuerte caída en el primer semestre del año, la regularización de activos en el extranjero permite pensar en un repunte de la actividad.
La reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para adherir al Régimen de Regularización de Activos, contemplado en la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, abrió las expectativas en diferentes sectores respecto de los beneficios para dinamizar la actividad. Uno de ellos es el sector de la construcción, afectado directamente por el freno a la obra pública que dispuso el Gobierno. Los analistas y referentes del sector señalan que en los próximos meses puede haber un cambio, un principio de recuperación a partir del blanqueo y de la recuperación de los créditos hipotecarios.
Adrián Capello, secretario de la Cámara de la Construcción de Río Cuarto, remarcó que la expectativa hacia adelante pueda marcar un cambio de tendencia. “El escenario es optimista. Creo que se están dando una serie de condiciones que pueden hacer que exista una gran reactivación del rubro, sobre todo en lo que es el desarrollo inmobiliario. Las dos variables que vemos son, por un lado, el blanqueo de capitales, que plantea la posibilidad de adquirir bienes en pozo. El segundo factor es la reaparición del crédito hipotecario”, analizó.
Cómo funcionará el blanqueo
Es posible regularizar cualquier monto sin costo, si se mantiene el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien se lo invierte en algunas de las colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía. Tampoco estarán sujetas al pago de impuestos quienes regularicen cualquier clase de bienes o tenencias por un valor de hasta 100.000 dólares.
Es importante destacar que cuanto antes se ingrese al régimen, menor será la alícuota a abonar. Las alícuotas se dividen en tres etapas:
- Etapa 1: hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5 % sobre el excedente de 100.000 dólares.
- Etapa 2: hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10 %.
- Etapa 3: hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15 %.
Una novedad es que pueden adherir al régimen las personas humanas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023. Al adherirse al blanqueo, estas personas adquirirán nuevamente la residencia a partir del 1° de enero de 2024.
La norma también reglamenta la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45 % por año, lo que beneficia al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y al lograr estabilidad fiscal (no se podrán cobrar mayores alícuotas durante ese periodo sobre su patrimonio).
Los requisitos, formas, condiciones y exclusiones de la adhesión se encuentran disponibles en el micrositio Nuevo Pacto Fiscal. Será posible ingresar a la exteriorización hasta el vencimiento de cada etapa.
Para facilitar la exteriorización, se ha previsto que se manifieste la adhesión al régimen abonando el 75 % del impuesto que corresponde según los bienes a incluir, y luego (hay un mes adicional después de cada etapa) el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de dichos bienes y abonará el 25 % restante.



