La medida implementada por el Gobierno congela temporalmente el inicio de procesos legales para cobrar deudas impositivas y la implementación de medidas como embargos. El objetivo buscado es alivianar económicamente a ciertos sectores que atraviesan contextos complejos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la extensión hasta el 31 de diciembre del plazo durante el cual se suspende todo inicio de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares a micro, pequeñas y medianas empresas (pymes), personas humanas consideradas “pequeños contribuyentes”, entidades sin fines de lucro y el sector de la salud, tal como lo dispuso el Ministerio de Economía en una reciente resolución.
Así lo dispuso a través de la Resolución General N° 5532/2024 publicada este viernes en el Boletín Oficial y en la que se da cumplimiento a la Resolución N° 617 del Ministerio de Economía, que prorrogó hasta fin de año la aplicación de la referida suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares.
Esto significa que se detiene temporalmente el inicio de procesos legales para cobrar deudas impositivas y la implementación de medidas como embargos, de acuerdo con lo publicado en el Boletín Oficial.
Según menciona, la medida tiene como objetivo brindar un alivio económico a estos sectores, especialmente dado el contexto de crisis y de dificultades económicas. Inicialmente, se había dispuesto una suspensión hasta el 31 de julio de 2024. Sin embargo, se decidió extenderlo hasta el 31 de diciembre.



