El director general de Recursos Naturales, Carlos Bonnemezón, explicó que la normativa establece distintos requisitos según el ancho de la picada a realizar.
En el caso del ancho mínimo obligatorio, que varía entre 5 y 10 metros de acuerdo con la zona y está contemplado por la Ley Provincial N° 1354 de Prevención y Lucha contra Incendios en Zonas Rurales, no es necesario que el inmueble esté previamente inscripto. Para realizar el trámite, el propietario, condómino o arrendatario debe presentar una planilla firmada, una copia del Documento Nacional de Identidad y un croquis del predio en las oficinas de la DGRN.
Cuando se solicita una picada de mayor dimensión, de hasta cuatro veces la altura promedio del bosque y regulada por la Ley Provincial N° 2624 de Bosques, el inmueble debe encontrarse registrado antes de iniciar el trámite. En estos casos, la documentación puede presentarse de manera presencial o enviarse por correo a la Dirección General de Recursos Naturales.
Con el objetivo de acompañar a los productores en la ejecución de estas intervenciones, el Ministerio de la Producción y el Consejo Federal de Inversiones (CFI) mantienen vigente una línea de crédito específica para la apertura y ampliación de picadas cortafuego.
La herramienta financiera permite acceder a préstamos de hasta 30 millones de pesos, cubriendo hasta el 80% del monto de la inversión. El financiamiento contempla un plazo de devolución de 48 meses, seis meses de gracia y una tasa nominal anual fija del 28% durante el primer año.
Para obtener más información sobre los requisitos, los productores pueden comunicarse con la Dirección General de Recursos Naturales, la Dirección de Asistencia Técnica y Financiera, la Dirección de Ganadería o las oficinas del CFI en Santa Rosa y General Pico.