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Inicio Construcción

Crearon un registro para concesionar obras de interés público o privado

Santiago Cruzzetti De Santiago Cruzzetti
21/01/2025
En Construcción, Medidas del Gobierno
Tiempo de lectura: 3 Minutos

El Gobierno avanza en sus intentos por pasar a control del sector privado la obra pública, por lo que generó este registro para que las iniactivas particulares puedan acceder a ella.

El Gobierno creó la Base de Iniciativas Privadas que reunirá la presentación de proyectos para la concesión de obras de interés público, como el desarrollo de infraestructura o servicios, a través de la Resolución 11/2025 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La medida estaba prevista en la Ley Bases donde se modificó la Ley 17.520 de Concesión de Obras Públicas, con el propósito de “brindar mayor seguridad jurídica a las inversiones necesarias y fomentar la presentación de iniciativas privadas para el desarrollo de obras, infraestructuras públicas y servicios públicos”.

En la mencionada norma, se faculta al Ejecutivo a “convocar a la presentación de iniciativas privadas para la celebración de contratos de concesiones de obras, infraestructuras públicas y servicios públicos en sectores considerados de interés público, conforme a los criterios y procedimientos establecidos en la reglamentación correspondiente”.

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Asimismo, también se dispone que “toda persona podrá presentar ante el Poder Ejecutivo Nacional iniciativas privadas para la ejecución de obras, infraestructuras públicas y servicios públicos mediante el sistema de concesión, y que en todos los casos el financiamiento deberá ser privado”.

El flamante registro se desprende del Régimen de Iniciativa Privada aprobado mediante el Decreto 713/2024, en el que se estipula que las Iniciativas Privadas podrán presentarse en dos circunstancias:

  • Por convocatoria que realice la autoridad competente en la materia, respecto de sectores o proyectos considerados de interés público.
  • Sin convocatoria, en cuyo caso el promotor de la iniciativa deberá manifestar y fundamentar las razones de interés público que justifican la ejecución del proyecto.

En el texto oficial divulgado este jueves quedó estipulado que una vez presentada la iniciativa privada, ya sea por convocatoria o sin convocatoria, el organismo competente deberá remitir a la Dirección General de Gestión Documental, Transparencia y Acceso a la Información, dentro del plazo de diez días hábiles, la información del proyecto necesaria para su registro en la Base de Iniciativas Privadas. La mencionada área tendrá cinco días hábiles para publicar la información en el citado registro.

La Base de Iniciativas Privadas publicará, como mínimo, la siguiente información sobre cada proyecto presentado:

  • La persona que presentó la iniciativa.
  • La fecha de presentación.
  • El nombre del proyecto.
  • El sector (transporte, energía, minería, forestoindustria, salud, educación, producción, desarrollo social, defensa y seguridad, vialidad, otros).
  • El estado del trámite.
  • La ficha de la iniciativa: síntesis con los datos más relevantes del proyecto (descripción general del proyecto, de sus características, modalidad de ejecución, ubicación geográfica, beneficios y externalidades asociadas, obras previstas a realizar y/o los servicios a ser prestados, monto estimado de la inversión y plazo).
  • Los informes relativos al proyecto emitidos por autoridades competentes en la materia.
Etiquetas: obra pública
Santiago Cruzzetti

Santiago Cruzzetti

Periodista y estudiante de Ciencias Políticas. 26 años, nacido en la ciudad de Arrecifes y rosarino por adopción.

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