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Inicio Economía Comercio

ARCA repuso un beneficio tributario para operaciones de importación

Santiago Cruzzetti De Santiago Cruzzetti
05/03/2025
En Comercio, Medidas del Gobierno
Tiempo de lectura: 2 Minutos

Evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones cuando la empresa demuestra que esos anticipos generan un saldo a favor que no podrá compensar en el corto plazo.

El gobierno nacional rehabilitó el Certificado de Exclusión de IVA e Impuesto a las Ganancias para importaciones con el fin de fomentar una baja en los precios Mediante la Resolución General 5.655/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Eliminó así la suspensión de los Certificados de Exclusión del Impuesto a las Ganancias y al Valor Agregado para las operaciones de importación, que son documentos emitidos por ARCA que permiten a un contribuyente quedar exceptuado de ciertas percepciones o retenciones impositivas. En este caso, evita el pago anticipado de IVA y Ganancias en importaciones, cuando la empresa demuestra que dichos anticipos generan un saldo a favor que no podrá compensar en el corto plazo.

La medida generará “un efecto financiero positivo para la economía, ya que significará una reducción en la carga tributaria para quienes importen insumos y productos”, señaló ARCA.

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“De esta manera, aquellas empresas que con sus percepciones de IVA y Ganancias generen saldo a favor de manera permanente y un exceso de cumplimiento de esas obligaciones tributarias, podrán volver a solicitar el Certificado de Exclusión”, explicó el organismo tributario.

La norma deroga una serie de resoluciones que habían suspendido esta posibilidad para que las operaciones de importación que cumplieran con los requisitos. Desde ese entonces, las empresas tenían que hacer frente a una percepción que podía alcanzar hasta el 20 % en IVA y 6 % en Ganancias, lo que implicaba un incremento significativo en la carga impositiva de sus operaciones.

Estos regímenes fueron creados entre 2007 y 2010 y son aplicables a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general o especial, salvo que se encuentren exceptuadas. Estas normas establecían percepciones del 20 % en el IVA y del 6 % por Ganancias, aunque al mismo tiempo contemplaban Certificados de Exclusión para casos particulares.

Etiquetas: ARCAimportación
Santiago Cruzzetti

Santiago Cruzzetti

Periodista y estudiante de Ciencias Políticas. 26 años, nacido en la ciudad de Arrecifes y rosarino por adopción.

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