Reforzando de esta manera la importancia que posee la biotecnología en la agenda estatal, se firmó el Decreto n° 50/2018 a fin de reglamentar la Ley nº 26.270 de Promoción de la Biotecnología Moderna, promulgada en el año 2007.
Esta nueva herramienta legal tiene por objeto promover el desarrollo y la producción de la “Biotecnología Moderna”, entendida como toda aplicación tecnológica que, basada en conocimientos y principios científicos provenientes de la biología, la bioquímica, la microbiología, la bioinformática, la biología molecular y la ingeniería genética, utiliza organismos vivos o partes derivadas de los mismos para la obtención de bienes y servicios, o para la mejora sustancial de procesos productivos y/o productos.
En este sentido, la reglamentación promueve la actividad, representando una de las principales fuentes de innovación tecnológica y transformación productiva, por cuanto resulta un factor preponderante para el proceso de crecimiento y desarrollo de la economía nacional.
[su_note note_color=”#e3e3e3″]En el marco de la Ley nº 26.270, se prevén para todos aquellos que quieran invertir, investigar o desarrollar biotecnología, una serie de herramientas que faciliten la inversión. El régimen procura promover el desarrollo y la producción aplicando Biotecnología Moderna en todo el territorio nacional, por medio de un fondo de financiamiento para nuevos emprendimientos, y beneficios fiscales para proyectos presentados por empresas nacionales de biotecnología ya establecidas (la Ley establece que la promoción no se hará por sector, sino por proyecto). [/su_note]
Asimismo, entre los beneficios de la medida, se destaca que los emprendimientos biotecnológicos pueden acceder a la amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias por los bienes de capital, equipos especiales, partes o elementos componentes de dichos bienes adquiridos para llevar adelante el proyecto. La norma también dispone la posibilidad de la devolución anticipada del IVA correspondiente a la adquisición de tales bienes.
En efecto, entre las actividades que pueden ser beneficiarias son la investigación científica y tecnológica de la biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular e ingeniería genética orientada al desarrollo productivo; la transferencia tecnológica hacia el sector productivo de bienes y servicios; el desarrollo de emprendimientos biotecnológicos; la incorporación de biotecnología moderna en todo proceso productivo; y el estudio y difusión de los usos e impactos de la biotecnología moderna en toda la población.
El Ministerio de Agroindustria forma parte de la Comisión Consultiva para la Promoción de la biotecnología creada a través de la mencionada ley, junto a representantes de las carteras nacionales de Producción; de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva (Mincyt), de Salud; de Ambiente y Desarrollo Sustentable; de Relaciones Exteriores y Culto. Además participan los organismos descentralizados: Instituto Nacional De Tecnología Agropecuaria (INTA); Instituto Nacional De Tecnología Industrial (INTI) y, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET).



