La directiva busca evitar a los «falsos autónomos» que se encuentran en dependencia con alguna de las aplicaciones más usadas, alcanzando a unos 28 millones de trabajadores europeos. También prohíbe el uso laboral de datos biométricos.
Los miembros de la Unión Europea acordaron avanzar en una ley que regule y proteja a los trabajadores que son empleados por las plataformas digitales. Se la conoce como «ley rider», aunque abarca a más sectores, no sólo a los que cumplen esta función a través de apps.
La medida logró un consenso que no fue unánime, ya que Francia y Alemania se opusieron a ella, pero logró avanzar gracias al apoyo de Estonia y Grecia, que en un principio se habían abstenido de tomar una postura. La propuesta logró su aprobación ayer en la reunión de ministros de Empleo del bloque que se celebró en Bruselas.
”Tengo el placer de concluir que el Consejo (los países) ha aceptado el texto de compromiso final sobre la directiva relativa a la mejora de condiciones de trabajo en las plataformas”, declaró el ministro belga de Trabajo, Pierre-Yves Dermagne, cuyo país preside este semestre el Consejo de la UE.
Por su parte el comisario europeo de Empleo, Nicolas Schmit, consideró que el acuerdo es «una contribución importante a escala europea», y que es «una señal más allá de las fronteras de Europa».
Qué dice la normativa
El Consejo señaló en un comunicado que el texto acordado logra un equilibrio entre “respetar los sistemas laborales nacionales y garantizar estándares mínimos de protección para las más de 28 millones de personas” que trabajan en plataformas digitales en la UE.
De esta manera, cada Estado miembro determinará a nivel interno si los empleados de plataformas lo son por cuenta ajena o por cuenta propia. ”Los Estados miembros establecerán una presunción legal de empleo, que se activará cuando se encuentren hechos que indiquen control y dirección (sobre el trabajo del empleado)”, dice el texto.
Esos hechos se definirán de acuerdo con cada legislación nacional y los respectivos convenios colectivos, aunque teniendo siempre en cuenta la jurisprudencia de la Unión Europea.
Quienes trabajen en plataformas, sus representantes gremiales o las autoridades nacionales podrán invocar esa presunción legal y alegar que están mal clasificados (como autónomos en vez de como trabajadores por cuenta ajena, por ejemplo),, ante lo cual corresponderá a la plataforma digital demostrar que no hay una relación laboral con el trabajador.
Asimismo se regula la gestión algorítmica y se garantiza que los trabajadores deberán ser debidamente informados sobre el uso de sistemas automatizados de seguimiento y toma de decisiones sobre su contratación, sus condiciones de trabajo y sus ingresos, entre otros ítems.
La normativa prohíbe el uso de sistemas automatizados de seguimiento y toma de decisiones para el procesamiento de ciertos tipos de datos personales de personas que trabajan en plataformas, como datos biométricos o su estado emocional o psicológico. ”También se garantiza la supervisión y evaluación humana de las decisiones automatizadas, incluido el derecho a que dichas decisiones sean explicadas y revisadas”, señaló el Consejo.
Luego del acuerdo de ministros, el texto legislativo debe ser formalmente adoptado por el propio Consejo y por la Eurocámara, que son colegisladores de la UE. Después, los Estados miembros tendrán dos años para incorporar las disposiciones de la norma a su legislación interna.