El nuevo sistema, obligatorio a partir de noviembre, servirá para unificar formularios y automatizar cargas de datos a través del Portal IVA.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) presentó IVA Simple, un nuevo mecanismo que establece un único procedimiento electrónico integral y asistido que reemplaza los sistemas vigentes. La iniciativa, que agiliza la determinación del tributo, entró en vigencia este lunes a través de la Resolución General 5705/2025 de ARCA publicada en el Boletín Oficial.
El nuevo esquema se basa en una declaración jurada única (Formulario F. 2051) que será precargada por el organismo con la información disponible y luego los contribuyentes tendrán la posibilidad de confirmar, agregar o modificar dicha información.
Este nuevo formulario reemplaza a los cuatro que se utilizan actualmente (F. 731, 810, 2002 y 2082) e integra en el mismo documento el Libro de IVA Digital, consolidando así la información en una única declaración.
Según explicó ARCA, el funcionamiento de IVA Simple comprende dos etapas automatizadas: primero, un Registro electrónico con carga automática de operaciones de compras y ventas (con datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios); y segundo, la Determinación del impuesto y del saldo resultante.
En esta última etapa, se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) y Sistema de Control de Retenciones (Sicore), al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, como pagos a cuenta y saldos a favor.
Cómo impacta «IVA Simple» en los contribuyentes
Según ARCA, la iniciativa busca reducir la carga administrativa y los errores en la presentación de declaraciones. Entre los beneficios destacados se incluyen:
- Reducción del 75 % en formularios requeridos.
- Eliminación de la carga manual de datos.
- Unificación de procesos en una plataforma digital única.
- Ahorro de tiempo operativo y menor posibilidad de errores.
La resolución también prevé la derogación de una veintena de normativas previas a partir del 1° de diciembre de 2025, entre ellas las Resoluciones Generales núnero 715, 765, 1045, 1479, 2100, 4591, 4630, 5591 y 5658, entre otras. No obstante, se mantendrán vigentes los esquemas anteriores para las declaraciones correspondientes a octubre de 2025 y períodos previos, que seguirán presentándose con los métodos vigentes.
La resolución entra en vigor el 1° de diciembre de 2025, excepto la derogación del Título II, que rige desde el 1° de julio de 2025.